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Guía para arrendadores

Qué necesitas revisar y preparar antes de alquilar una vivienda de forma más segura.

Puedes contactar con un servicio especializado ENLACE BLOEM o puedes seguir estos pasos:

  1. Verificación de Identidad y Titularidad de la Propiedad (DNI/NIE y Título de Propiedad o Nota Simple)
  • Debes acreditar que eres el propietario legal (o usufructuario) para evitar fraudes. Incluye tu DNI o NIE (para extranjeros) y el título de propiedad, que puede ser la escritura pública o una nota simple informativa del Registro de la Propiedad. Esto es esencial antes de cualquier paso, ya que sin ello no puedes alquilar. Si hay copropietarios, necesitas su consentimiento expreso.
  • Dónde conseguirlo:
  • DNI/NIE: En comisaría de Policía Nacional (renovación si caducado) o mediante cita en la web de la Dirección General de la Policía.
  • Escritura de propiedad: Si la tienes de la compra, úsala directamente. Si la perdiste, solicítala en la notaría donde se firmó o en el Archivo Notarial.
  • Nota simple: En el Registro de la Propiedad correspondiente a la ubicación de la vivienda. Puedes obtenerla online a través del portal de los Registradores de España (www.registradores.org, con pago de tasa ≈5-10€) o presencialmente en la oficina del registro.
  1. Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
  • Descripción y propósito: Documento obligatorio que califica la eficiencia energética de la vivienda (de A a G). Es requerido por la LAU y el Real Decreto 390/2021 para publicitar o alquilar cualquier inmueble. Sin él, no puedes anunciar el alquiler ni firmar contrato; multas pueden llegar a 600-6.000€. Debe estar registrado y vigente (caduca a los 10 años).
  • Dónde conseguirlo: Contrata a un técnico certificador (arquitecto, ingeniero o aparejador) a través de colegios profesionales (ej. Colegio de Arquitectos) o empresas especializadas (coste ≈100-300€ dependiendo del tamaño). Una vez emitido, regístralo en el órgano competente de tu CCAA (ej. Consejería de Industria o Vivienda; en Andalucía, Agencia Andaluza de la Energía; en Cataluña, ICAEN). Puedes hacerlo online en sus portales.
  1. Cédula de Habitabilidad o Licencia de Primera Ocupación (si aplica)
  • Descripción y propósito: Acredita que la vivienda cumple estándares de habitabilidad (salubridad, ventilación, etc.). No es obligatoria en todas las CCAA (ej. sí en Cataluña, Valencia, Andalucía; no en Madrid desde 2018), pero si lo es en la tuya, es imprescindible para alquilar legalmente. En algunas zonas, se sustituye por la licencia de primera ocupación para viviendas nuevas.
  • Dónde conseguirlo: En el ayuntamiento de la localidad donde está la vivienda (departamento de urbanismo). Para viviendas antiguas, solicita inspección; para nuevas, el promotor la obtiene. Coste variable (≈50-200€), y se tramita presencial o online en portales municipales. Caduca cada 15-25 años según CCAA.
  1. Documentos de Pagos y Deudas (Último Recibo del IBI y Certificado de Deudas de la Comunidad de Propietarios)
  • Descripción y propósito: El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) acredita pagos al día, y el certificado de deudas confirma que no hay pendientes en la comunidad. No son estrictamente obligatorios, pero recomendados para transparencia y evitar reclamaciones del inquilino (el arrendatario no responde por deudas previas, pero ayuda en negociaciones).
  • Dónde conseguirlo:
  • IBI: En el ayuntamiento (catastro) o online en la Sede Electrónica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es).
  • Certificado de deudas: Del administrador de fincas o presidente de la comunidad de propietarios (gratuito o con pequeña tasa).
  1. Contrato de Alquiler
  • Descripción y propósito: Documento que regula el arrendamiento, incluyendo duración (mínimo 5-7 años según LAU), renta, fianza (1-2 mensualidades), actualizaciones (IPC limitado en zonas tensionadas) y cláusulas (ej. mascotas, obras). Debe ajustarse a la LAU para ser legal; cláusulas abusivas son nulas. Incluye anexos como inventario de mobiliario.
  • Dónde conseguirlo: Puedes redactarlo tú mismo usando modelos oficiales del Ministerio de Vivienda (disponibles en www.vivienda.gob.es, sección “Alquila bien, es tu derecho”). Opcionalmente, un abogado o notario lo valida (coste ≈100-300€). No es necesario notarializarlo, pero se recomienda para mayor seguridad.
  1. Depósito de Fianza
  • Descripción y propósito: La fianza (mínimo 1 mensualidad para vivienda habitual) debe depositarse para garantizar daños o impagos. Es obligatoria por LAU; no depositarla conlleva multas. Se devuelve al final del contrato si todo está en orden.
  • Dónde conseguirlo/depositarlo: En el organismo autonómico de vivienda. Tramítalo online o presencial en sus oficinas; genera un resguardo oficial. Gratuito, pero la fianza se deposita en cuenta bloqueada.
  1. Obligaciones Fiscales (Declaraciones de IRPF, Modelo 347 y Otros)
  • Descripción y propósito: Debes declarar los ingresos por alquiler en el IRPF (impuesto progresivo, deducibles gastos como IBI o reparaciones). Si el inquilino es empresa, retén 19-24% IRPF. Anualmente, presenta modelo 347 si ingresos >3.005€/año. En zonas tensionadas, hay bonificaciones fiscales por rentas limitadas. No declarar conlleva sanciones.
  • Dónde conseguirlo/tramitarlo: En la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). Usa Renta WEB para IRPF (modelo 100). Modelo 347 en febrero. Puedes hacerlo online con Cl@ve PIN o certificado digital, o en oficinas de Hacienda. Recomendable gestoría para deducciones.

Consideraciones Adicionales

  • Zonas Tensionadas: Si tu vivienda está en una (declaradas por CCAA bajo Ley 12/2023), hay límites a la renta y obligaciones extras como declarar el índice de referencia. Verifícalo en el portal de tu CCAA.
  • Seguro de Hogar y Responsabilidad Civil: Recomendado (no obligatorio), obténlo en entidades bancarias o aseguradoras para cubrir daños.
  • Registro del Contrato: Opcional, pero puedes inscribirlo en el Registro de la Propiedad para mayor protección (coste ≈50€).
  • Costes Totales Aproximados: 200-500€ (CEE, trámites), más tiempo.
  • Riesgos: Alquilar sin documentación puede invalidar el contrato o generar multas (hasta 90.000€ en casos graves). Siempre informa al inquilino de todo.
Guía para arrendadores

Puedes consultar esta guia cuando quieras y compartirla con quien necesite revisar el proceso.

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